top of page

28 de febrero último día para presentar el cálculo de la Prima de Riesgo de Trabajo

Actualizado: 27 jul 2023

El 28 de febrero de 2021 es el último día para presentar el cálculo de la prima de riesgo de trabajo que entrar en vigor el 01 de marzo de 2021 por lo que es muy importante que cumplas de forma oportuna con esta obligación que tienes como patrón.

Los patrones obligados a presentar este trámite son aquellos que tuvieron trabajadores durante el periodo de revisión comprendido del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2020, cuya prima determinada resulte diferente a aquella con la que venían cubriendo sus cuotas en el periodo inmediato anterior y que no hayan cambiado de actividad en dicho lapso.

Para efectos del cálculo de la prima, los patrones deben integrar la siniestralidad de su empresa, con base en los casos de riesgos de trabajo terminados durante el mismo periodo de revisión comprendido del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2020; con excepción de los accidentes que ocurrieron a sus trabajadores al trasladarse de sus domicilios al centro de labores o viceversa, conocidos como accidentes en trayecto.

El Instituto Mexicano del Seguro Social, con fines orientativos, pone a tu disposición una nueva herramienta con la cual podrás consultar la relación de los riesgos de trabajo terminados que hayan sufrido tus trabajadores, con el fin de facilitarte el control de la documentación y registro de tu siniestralidad en términos del Artículo 34 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) la cual puedes consultar en el siguiente link:

Para facilitar este proceso el IMSS pone a tu disposición el procedimiento para realizar la presentación de la determinación de la prima de riesgo de trabajo a través del portal IDSE utilizando tu E.Firma o el número patronal de identificación electrónica NPIE.

Modalidad Internet

1. Genera la determinación del riesgo de trabajo mediante el S.U.A.

2. Envía la determinación de riesgo a través del portal IDSE utilizando tu E.Firma o firma digital NPIE.

Si requieres más información sobre el procedimiento puedes consultar la Guía de determinación de riesgo de trabajo que pone el IMSS a tu disposición en el siguiente link:

Recuerda que, en los siguientes casos, los patrones no están obligados a presentar su cálculo de la determinación del riesgo de trabajo:

A) Empresas de reciente registro antes el IMSS o que hayan cambiado de actividad, y no hayan completado un año calendario del 01 de enero al 31 de diciembre cubriendo las cuotas de seguridad social.

B) Cuando al determinar su nueva prima de riesgo esta resulte igual a la anterior.

Atentamente

Antonio González Magaña www.proseso.mx

0 comentarios

Comentarios


bottom of page